Fotos: Kneset
Los próximos días dirán si la “propuesta del pueblo” presentada por el Presidente de Israel Itzjak Herzog como intento de frenar el desgarramiento interno en el seno de la ciudadanía israelí , puede arrojar un resultado positivo.
Pero hasta que ello se aclare, es oportuno entender a fondo el problema.
Cuando el Primer Ministro Biniamin Netanyahu asumió por sexta vez al frente del gobierno, presentó los cuatro objetivos centrales que deseaba alcanzar: frenar la amenaza de Irán, combatir la carestía de vida y la problemática de los altos precios de vivienda, fortalecer la gobernabilidad y ampliar los Acuerdos de Abraham. La “reforma judicial” no estaba en su lista de grandes prioridades.
Claro está que ya había hablado del tema en distintas ocasiones, señalando la necesidad de corregir los desequilibrios existentes en la división de poderes. Pero nada de lo que él había dicho sobre el tema hasta el momento, vaticinaba la envergadura del plan presentado poco después, el 4 de enero, por el Ministro de Justicia y Vice Primer Ministro Yariv Levin.
“Yo creo en la frase de Menajem Begin, que ´Hay jueces en Jerusalem´ pero también hay Kneset. Y hay gobierno. Ambas son la más pura expresión de la voluntad del pueblo”, declaró Levin al presentar el plan. “ La revolución constitucional y la creciente intromisión de la Suprema Corte, han deteriorado a un punto peligroso la confianza en el tribunal así como también la gobernabilidad. Personas que no fueron electas, deciden por nosotros. Eso no es democracia”.
Aquí está la discusión central de fondo. Un lado de la discusión sostiene que la Suprema Corte se atribuyó poderes que la ley nunca le dio, decidiendo abolir leyes o impedir promulgarlas , con lo cual-dicen- se colocó durante años por sobre los representantes electos del pueblo. “Dictadura de la Suprema Corte”, le llaman los más duros.
Del otro lado la posición es que leyes básicas promulgadas en 1992 sí daban a la Suprema Corte autoridad para abolir leyes o cláusulas de leyes que las contradecían y con ello violaban los derechos humanos de ciudadanos. Pero más allá del origen de la práctica, el argumento central de esa parte de la población es que al no haber en Israel constitución, es imperioso que la Suprema Corte pueda ejercer su control sobre el ejecutivo-cualquier gobierno, sea cual sea su tendencia- para proteger los derechos de los ciudadanos de eventuales arbitrariedades.
En el medio, hay distintos matices.
Difícilmente se encuentre expertos en Derecho o Ciencias Políticas que aleguen que todo está bien en este tema, que no hay que lo qué corregir. Pero las críticas a la forma en que la legislacion se está promoviendo, el encare absoluto, total, que deja la sensación de una tromba que avanza sin detenerse a pensar, son numerosas. Algunos dicen “sí” a la reforma “pero no así porque se está desgarrando al pueblo”, otros recalcan “sí, pero no ésta reforma tan total”.Y hay quienes dicen “no hay términos medios en democracia”.
Es muy difícil creer que quienes alegan que la reforma fortalecerá la democracia realmente puedan creerlo, si saben algo de dinámica política. Que consideren que un poder excesivo en manos de la Suprema Corte es nocivo, es una cosa, y otra muy distinta es realmente concebir que el paquete presentado hace unas semanas fortalecedor de la democracia.
Nos parece claro: hay reformas que hacer pero el plan presentado por el ministro de Justicia, con el aval del Premier Netanyahu, no apunta a corregir lo que está mal sino a dejar en manos del gobierno un poder ilimitado, sin que los jueces puedan controlarlo. Evidentemente, no es eso lo que dicen, pero es esa la crítica fundamentada de innumerables expertos en Derecho, Ciencias Políticas, Filosofía política, Economía y muchos campos más, que advierten contra el nocivo resultado de lo que ven como una revolución, y no reforma, que apunta a cambiar el régimen de Derecho de Israel.
Estos son los puntos principales en discordia
(Con material de la página N12)
Para que una ley sea aprobada definitivamente y entre al código de leyes de Israel, debe pasar varias etapas y ser aprobada en cuatro votaciones en el plenario de la Kneset (una llamada preliminar y luego primera, segunda y tercera).Esto, siempre después del trabajo preparatorio en la comisión de Constitución, Ley y Derecho.
En este capítulo detallaremos cuáles son las propuestas del gobierno en la primera etapa de la “reforma” judicial y en qué etapa se hallan en el proceso de legislación.
-Cambios en la composición de la comisión que elige a los jueces.
(Fue aprobada ya en la primera lectura, el 21 de febrero)
La comisión estará compuesta por 9 miebros, con mayoría automática de la coalición: 3 ministros, 3 diputados (de ellos de la coalición y 1 de la oposición), el/la Presidente de la Suprema Corte de Justicia y dos Jueces ya retirados que serán elegidos por el ministro de Justicia y aprobados por el/la Presidente/a de la Suprema Corte. Será suficiente una mayoría común para nomrar jueces para la Suprema Corte, o sea que el control de la coalición sería absoluto.
Hoy en día nadie tiene mayoría absoluta automática, para la Corte Suprema un juez debe recibir 7 de los 9 votos y para otros tribunales se necesita mayoría común.
- “Piskát hahitgabrút”- la cláusula de “superposición”
(Ya ha sido aprobada en la votacion preliminar y el 14 de marzo, también en la primera lectura)
La intención de esta cláusula es permitir que la Kneset, con una mayoría de sólo 61 diputados, o sea la mitad más uno de sus miembros, pueda validar una ley que haya sido abolida o declarada nula por la Suprema Corte y promulgar leyes con esa mayoría, que no puedan ser canceladas por los jueces. Esas situaciones de leyes o cláusulas de leyes declaradas inaceptables por la Suprema Corte, se dieron en 22 ocasiones en total, por ser consideradas “inconstitucionales” o abusivas.
-Cancelación de la cláusula que pueda determinar que una ley no es “razonable”
(Aún no ha sido votada, está en los primeros debates)
La intención es garantizar que la Suprema Corte de Justicia no pueda cancelar decisiones gubernamentales alegando que son “extremadamente irrazonables”.
Hoy en día este argumento es utilizado a menudo en el control de las acciones del gobierno.
- Los asesores jurídicos no podrán imponer su criterio
(Aún no ha sido votada, está en los primeros debates)
Las opiniones de los asesores jurídicos no obligarán al Primer Ministro, los ministros y el gobierno , que tendrán derecho de recurrir a abogados del sector privado para representarlos ante un tribunal. Hoy en día, en principio, las opiniones jurídicas de los asesores debe ser aceptadas por el gobierno, aunque en el nuevo gobierno ya se ha actuado en diversas ocasiones en otra dirección.
- La Suprema Corte no podrá cancelar leyes básicas (fundamentales)
( Pasó la primera lectura el 21 de febrero)
La Suprema Corte no podrá debatir la cancelación de leyes básicas. El problema central al respecto es que la condición de una ley como “básica” depende solamente de la decisión del gobierno de llamarla de esa forma. No se trata de un proceso especial de legislación.
Hasta ahora nunca ha sido abolida una ley básica, pero los jueces dijeron que en principio ello es posible si es promulgada para servir un interés personal.
- Se podrá cancelar leyes solamente con una mayoría especial
(Fue aprobada en la comisión parlamentaria de asuntos legales el 5 de marzo, y es preparada para la primera lectura)
La Suprema Corte podrá cancelar leyes por una mayoría de 12 de los 15 jueces de la Suprema Corte y solamente si éstas contradicen en forma tajante una ley básica. Ahora basta con una mayoría común para cancelar una ley. Hasta el momento han sido canceladas 22 leyes en total.
- Cancelar la “seniority”
(En debates iniciales)
Este término, “seniority”, que se usa también en hebreo aunque es en inglés, se refiere al hecho que hasta ahora, el presidente de la Suprema Corte de justicia es el juez más veterano en el tribunal. Pero el plan de reforma judicial sostiene que el Presidente será elegido por la comisión de elección de los jueces y que inclusive puede venir de fuera de la Suprema Corte. Cabe recordar que la Presidenta actual, la Jueza Suprema Esther Hayut, finaliza sus funciones en noviembre , al cumplir 70 años. La intención del Ministro de Justicia es poder determinar quién le sucederá.
-La ley apodada “Deri 2”
(Fue aprobada en una comisión especial y pasada a preparación para la primera lectura, el 15 de marzo)
Este no es el nombre formal pero se la conoce así ya que está claro que su intención es permitir que Arie Deri, jefe del partido ultraortodoxo SHAS, pueda volver a ser parte del gobierno.Esto, aunque la Suprema Corte determinó recientemente que no es razonable que se desempeñe como ministro habiendo sido declarado culpable de delitos económicos en febrero del año pasado. No se lo envió a la cárcel en el marco de un acuerdo de culpabilidad por el cual se comprometió a no volver a la política, acuerdo que no cumplió.
La ley determina que la Suprema Corte de Justicia no podrá cancelar nombramientos de ministros.
- Ley de incapacidad del Primer Ministro
(Aprobada en primera lectura el 13 de marzo)
El Primer Minisro podrá ser declarado incapaz de cumplir su cargo únicamente por razones físicas o mentales. Solamente el propio Primer Ministro o una mayoría de 3/ 4 de los miembros del gobierno y confirmación de 90 diputados.
Esto surgió al haberse publicado que la asesora jurídica del gobierno estaba considerando declarar a Netayahu incapaz o no apto a servir en su cargo por contradicción de intereses. Ella lo negó.
Actualmente el tema no está regulado en forma ordenada en la ley.
-Investigación de Policías
(Pasó lectura premilinar el 22 de febrero)
El departamento de investigación de policías en caso de sospechas de acciones indebidas, estará bajo la autoridad del ministro de Justicia, que también podrá investigar a abogados. Hoy en día ese departamento es parte de la Procuraduría eneral del Estado, encargado de investigar a policías que violan la ley.