Mundo Judío

La posición judía sobre la incineración de cadáveres

Por el Rabino Eliahu Birnbaum

N. de Red: Días atrás tratamos en esta página la pregunta acerca de cómo abordar la necesidad de cremación de cuerpos de fallecidos por Corona, si el Estado diera una indicación precisa al respecto, por lo altamente contagioso de la enfermedad y el riesgo que aún después de la muerte pudiera ser peligrosa. Los rabinos Max Godet de la Kehila y Daniel Dolinsky de la NCI, explicaron cómo lidiar con la problemática en una situación de ese tipo, cuando está por un lado la clara prohibición de la Halajá al respecto y por otro hay que atenerse a las instrucciones impartidas por el Estado por consideraciones de salud pública que todos deben respetar.

Nos pareció oportuno compartir con los lectores un artículo del Rabino Eliahu Birnbaum sobre el tema de la cremación, escrito mucho antes de estallar la crisis Corona y sin relación ninguna a la situación actual, sino el tema de fondo.

Rabino Eliahu Birnbaum
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Estimamos que será de interés.

A continuación, el artículo.

La entrada a la parte vieja del cementerio en La Paz
La entrada a la parte vieja del cementerio en La Paz

 

Les quiero compartir una anécdota de los días en que ejercía como Rabino Principal de la comunidad judía de Uruguay. Un día se acercó a mí una señora sexagenaria y sola cuyos padres había muerto en el Holocausto y fueron incinerados en los crematorios de Auschwitz, desde donde ascendieron al cielo y fueron convertidos en cenizas. La señora en cuestión vino con una petición: "así como mis padres fueron cremados yo pido que cuando muera mi cadáver sea incinerado y al igual que ellos reducido a cenizas y que estas sean esparcidas por el cementerio judío". Si bien el dolor de mi interlocutora y su necesidad me eran comprensibles, sus palabras me sorprendieron por su vehemencia.

Disculpe señora – le respondí – pero creo que si usted quiere cremar su cuerpo cuando llegue a los ciento veinte  se equivocó de dirección pues como usted sabe la costumbre judía es muy clara en cuanto a que no se incineran cadáveres, ¿por qué entonces se dirige con semejante pedido al rabino comunitario? La mujer respondió con un tono de perplejidad: "quiero que mi cadáver sea incinerado y las cenizas esparcidas por el cementerio judío y no que se depositen en una urna en el cementerio gentil, además, quería pedirle que tras mi fallecimiento alguien de la comunidad diga por mí kadish"

Traté de convencerla, empleando diferentes recursos retóricos, le dije que llegado el momento sea enterrada en el cementerio judío de acuerdo a la tradición, agregué que si fuera posible consultar a sus padres estos no estarían de acuerdo con la cremación, a lo que me respondió que ella los conoció y ellos asentirían. Esgrimí un argumento teológico diciéndole que el Kadosh Baruj Hú seguramente no estaría de acuerdo con la incineración de su cadáver a lo que me respondió que el Eterno escogió ese procedimiento para sus padres por lo que sin duda se trata de una acción noble. Le expliqué que si se enterraba en el cementerio dejaría tras de sí una lápida que podría ser visitada por sus parientes, a lo que me respondió que no tiene familia y está completamente sola en el mundo. Se me ocurrió decirle que Adolf Eichman, tras ser ejecutado en la horca, su cuerpo fue cremado y sus cenizas esparcidas en el mar frente a las costas de Yafo, ¿acaso querría ella emular en su fallecimiento al del asesino de sus padres?

Finalmente, a los efectos de convencerla tuve que aplicar el sexto sentido que poseemos los rabinos y le dije: "¿entiendo que para usted es importante  que esparzamos sus cenizas en el cementerio judío y alguien diga por usted kadish, no es cierto? –Por supuesto, exclamó. ¡Soy judía! Sería inconcebible que mis cenizas descansen en un cementerio gentil y que no se diga por mi kadish. Estimada señora, le respondí, de acuerdo a la tradición comunitaria y las leyes de la Torá no nos es permitido esparcir en un cementerio judío las cenizas de quien pidió ser cremado y tenemos prohibido recitar kadish para la elevación del alma de esta persona. Si es así, me dijo, quiero ser enterrada en una tumba como corresponde en el cementerio judío.

Este no es un caso único ni anómalo en el mundo comunitario judío. En virtud de que la práctica de la cremación se ha tornado más y más común en la sociedad moderna muchos judíos piden adoptarla para sí. Hace cuestión de una década el veinte por ciento de los estadounidenses fallecidos fueron cremados. Para el año 2005 su número ascendió al treinta y dos por ciento, y para el año 2025 la asociación norteamericana de cremación de cadáveres pronostica que más de la mitad de los fallecidos optarán por la cremación.

Actualmente, y a modo de reflejo de la práctica occidental, se estima que por lo menos un treinta por ciento de los judíos fallecidos en Europa y Norteamérica son cremados, y este guarismo se encuentra en franco ascenso. Recuerdo que en la comunidad de Turín, donde serví como rabino, era muy frecuente que personas pidan ser cremadas tras su fallecimiento. A estos efectos firmaban un acuerdo con la empresa que realizaba la incineración, y lamentablemente, a pesar de mis ingentes esfuerzos, tras el fallecimiento de la persona era imposible evitar la incineración y el acuerdo firmado era irreversible.

La incineración del cadáver se lleva a cabo en un horno especial (crematorio), el cual alcanza una temperatura de mil grados Celsius. Tras la cremación se colocan las cenizas en una urna, algunos se la llevan a su casa, otros la depositan en un cementerio y hay quienes esparcen las cenizas en el mar u otros sitios. Hay religiones tales como el hinduismo, el budismo y el cristianismo que ven en la cremación del cadáver una acción valiosa. Todo aquel que viajó a la India seguramente vio rituales de quema de cadáveres en piras a los costados de la carretera así como también el vertido de las cenizas resultantes en diferentes localidades a orillas del rio Ganges.

Diversas razones impulsan a un número creciente de occidentales a adoptar la cremación post mortem. Hay quienes lo hacen por razones económicas ya que la cremación es más barata que el entierro. Hay quien lo hace por razones ambientales ya que la cremación es rápida y limpia. En otros casos el criterio es de movilidad, ya que en la vida moderna la gente migra de ciudad en ciudad por cuestiones laborales y demás y la cremación permite transportar las cenizas cómodamente de localidad en localidad. Además, es innegable el hecho de que esta práctica, en judíos, es consecuencia del alejamiento del judaísmo y la asimilación. El entierro es percibido como la forma tradicional de trato de un cadáver por lo que a veces personas alejadas de la tradición prefieren incinerarlo. Por una razón u otra la cremación de cadáveres se ha tornado moda.

Hasta hoy, el recuerdo traumático de la cremación de cadáveres judíos durante el Holocausto, evitó que muchos judíos opten por la incineración. Empero, en la medida que el tiempo pasa y estos recuerdos se tornan más lejanos el porcentaje de judíos que opta por la cremación aumenta gradualmente.

El precepto de dar sepultura

De acuerdo a la Torá es preceptivo dar sepultura tanto a los ejecutados por el tribunal como a toda persona, tal como está escrito (Deuteronomio 21:22-3): "Si un pecador pasible de ser condenado a muerte fuere ajusticiado y colgado de un árbol su cuerpo no permanecerá colgado toda la noche sino que será sepultado ese mismo día, porque el ahorcado es maldito de Dios y tú no impurificarás la tierra que el Eterno tu Dios te dio por heredad". Otro tanto encontramos en lo dicho por nuestros sabios (Tratado de Sanhedrín 46(B)): "Dijo Rabí Iojanán en nombre de Rabí Shimón Bar Iojai: ¿dónde encontramos en la Torá referencia al precepto de dar sepultura? Lo aprendemos del pasaje "lo sepultarás". Maimónides en su Libro de los Preceptos: el precepto 231 de la Torá es el que nos ordena enterrar a los ejecutados por el tribunal el mismo día de la ejecución, tal como está escrito: ´será sepultado ese mismo día´. El Sifrí dice que "se trata de un precepto positivo tanto para los ejecutados como para los demás muertos, esto es, que sean sepultados el mismo día en que fallecen".

La prohibición de incinerar el cadáver

Es consenso general que no existe permiso alguno para incinerar el cadáver de un judío, ya que por una parte de hacerlo se estaría dejando sin efecto el cumplimiento del precepto positivo de darle sepultura y además los diferentes juristas a lo largo de las generaciones han expuesto un sinfín de razones suplementarias. Hay quienes lo prohíben por dejar sin efecto el precepto de enterrar el cadáver (Responsa Melamed Leho´il Ioré Deá II 114), otros opinan que implica un maltrato del cadáver (Guesher HaJaím I 16:9), hay quienes lo derivan de "no permanecerá colgado toda la noche" (Responsa Ajiezer III 72), otros lo infieren de la prohibición de la Torá de conducirse según la usanza gentil (Da´at Cohen Ioré Deá 197) y hay quienes consideran que la cremación atenta contra la fe en la resurrección de los muertos (Responsa Ajiezer a Ioré Deá 197).

En su Responsa "Sridei Esh", en referencia a la gravedad de la prohibición de cremar el cadáver, el Rabino Wainberg escribe: "Desde un punto de vista estrictamente halájico sin duda que la profanación del Shabat es mucho más grave, pero desde el punto de vista de la fe personal, sin duda que en el acto de la cremación hay una negación de la resurrección de los muertos y la trascendencia del alma, pues nosotros vemos y sabemos que toda persona que conserva aunque solo sea una chispa de fe judía pide que su cuerpo sea enterrado, mientras que aquellos que perdieron todo tipo de sentimiento religioso y son puramente materialistas piden ser cremados (II inciso 98).

Si bien está ampliamente consensuado entre los juristas que está prohibido cremar el cadáver, de todas maneras subsisten algunas discusiones al respecto. Entre los juristas que permitieron la cremación se encuentran los rabinos italianos a mediados del siglo XIX. Es de destacar que la tecnología que permite la cremación a alta temperatura en un horno completamente cerrado es originaria de Italia. El primer experimento en cremación se realizó en la ciudad de Padua en 1869, y en horno cerrado en Milán en 1875. Italia fue decana y líder mundial en la tecnología de cremación de cadáveres.     

Los judíos italianos se encontraban muy influenciados por la cultura local por lo que no es de sorprender que la aparición de esta tecnología generara un vivo debate entre sus rabinos, desde las hojas de diferentes publicaciones periódicas y libros.  Se escribieron varios libros sobre este tema siendo uno de los más famosos "Ieané Baesh" ("será afligido por el fuego") de Rabí Eliá Ben Akmozag de Livorno.

Una de las ideas más extremas en cuanto a permitir la cremación de cadáveres pertenece al Rabino Moshé Ashkenazí, rabino de la comunidad de Trieste y fallecido en 1869, quien estableció  claramente que "en definitiva podemos resumir que no hay ninguna prohibición halájica de cremar el cadáver, más aun, según el judaísmo esto es algo positivo y se trata de un deber para todo judío.

El primer estudio de la cuestión la llevó a cabo Rabí Iosef Leví de Barcelli quien en 1874 sostiene que está permitido incinerar el cadáver por cuanto que el muerto no siente dolor y además en tiempos bíblicos esta era una práctica aceptada, tal como leemos en Jeremías 34:5, "sino que morirás en paz y serás cremado tal como lo fueron tus padres los reyes anteriores". El Rabino Ohad Luli de Padua sostuvo en 1875 que la cremación no está prohibida por la Torá pero puede afectar emocionalmente a la familia lo cual debe ser tomado en cuenta. El Rabino Emilio Bachi de la comunidad de Saluccio en el Piamonte permitió la cremación de cadáveres por cuanto que no encontró juristas que lo prohíban de moda terminante.

Sin embargo, este tema no solo fue digno de palabras orales o por escrito sino también de acciones. En 1911 falleció el Rabino Itzjak Jaím Castiglioni quien había ejercido la función de Rabino Principal de la ciudad de Roma y fue discípulo del Rabino Ashkenazí antes mencionado, pidió que su cadáver sea cremado y efectivamente sus cenizas fueron depositadas en el cementerio judío de Trieste.

Por supuesto que muchos de los rabinos italianos, quizás la mayoría, de la época se opusieron a esta práctica, de todas maneras el debate se llevó a cabo en diferentes foros y con un alto nivel de erudición judaica.

El Rabino Efraim Oshri fue rabino del Ghetto de la ciudad de Kaunas (Kovne) durante el Holocausto. Respondió a miles de preguntas de judíos provenientes de diferentes extracciones religiosas y tras concluida la guerra reunió las respuestas en un libro de responsa en cinco tomos que se publicó bajo el título "Responsa desde los abismos". Un judío que para sobrevivir se hacía pasar por alemán y en su entorno nadie sabía que era judío, estaba agonizando en virtud de un cáncer que le aquejaba y pronto habría de ser su sepelio, bajo la señal de la cruz en un cementerio gentil y rodeado de nazis, por lo que preguntó: "¿quizás sea mejor que mi cuerpo sea cremado para evitar así semejante situación?" El Rabino Oshri le respondió que de ninguna manera, que un judío debía hacer todo lo que estaba a su alcance con tal de evitar que su cadáver sea cremado.

El entierro y la incineración expresan dos perspectivas completamente opuestas tanto de ver el mundo como nuestro rol en él. La incineración se refiere al ser humano como conquistador de la naturaleza mediante el fuego y la tecnología en vez de aceptarla de modo armónico. El entierro expresa respeto por el ciclo vital. Cuando enterramos el cadáver de nuestro ser querido devolvemos lo que recibimos, el entierro refleja el ritmo del universo.

 

 

 

 

 

 

              

 

             

        

 

 

 

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